tiempo
logo estrategia
Cargando...
Domingo 20 de Mayo de 2012

Compartir
Enviar a un amigo
Imprimir

El Fenómeno de la Parafiscalidad

Las “contribuciones parafiscales” son aquellos “impuestos o tributos” que, en casos y condiciones especiales, por razones de interés general, impone la ley para beneficio de determinado organismo o sector productivo, quebrantando principios importantes de la tributación, principalmente debido a que los ingresos para
Fecha: 2012-02-03


Las contribuciones "parafiscales" son una figura de raigambre francesa y se identifican con los impuestos en su obligatoriedad y en que, a diferencia de las tasas, no constituyen una retribución por un servicio recibido del Estado. Difieren de los impuestos en que no ingresan a las arcas comunes del Estado. Las contribuciones parafiscales se crean para alimentar y nutrir a una entidad específica;

A manera de ejemplo, en el Ecuador existen las siguientes contribuciones parafiscales: Las contribuciones de Seguridad Social (IESS) las contribuciones a la Superintendencia de Compañías, Procuraduría, Contraloría y demás instituciones públicas de control, la contribución a la Sociedad de Ingenieros del Ecuador (SIDE) y la Contribución para el Financiamiento de Centros Agrícolas.

En Ecuador, como en la mayoría de países latinoamericanos, se experimenta, año a año, un incremento periódico de la inflexibilidad presupuestal y del déficit presupuestario. La solución teórica parecería ser las contribuciones parafiscales, que como hemos visto en líneas pasadas son algunas y en un futuro cercano podrían crearse muchas más.

Comprendiendo que el abuso en la creación de contribuciones parafiscales llevaría a una situación tributaria insostenible, es crucial que los diversos grupos sociales formen parte de un nuevo pacto fiscal en el que todos los sectores de la sociedad accedan a contribuir en beneficios del Estado y de ellos mismos. Hay que recordar que la parafiscalidad puede producir efectos muy negativos para un país, sobre todo si no se tiene el marco legal apropiado.

Es por ello que es menester establecer primeramente un marco normativo que regule la materia parafiscal, creación de un órgano de administración y control de estos recursos parafiscales y finalmente una determinación clara y definitiva sobre el criterio de juzgamiento y resolución de conflictos en materia parafiscal, caso contrario, el abuso de esta herramienta podría producir efectos indeseables y dar cabida a abusos de poder, como lo ocurrido en países vecinos.

 

Por: Ab. Martín Burbano de Lara Pérez

COLOAUSTRO ABOGADOS

Comentarios de la Noticia
 

 
Deja tus comentarios sobre la noticia
Nombre: 
Email: 
Comentario: 
 
 

Síguenos en Twitter

Portada Estrategia mes de mayo

estrategia
Revista Estrategia Derechos Reservados
Dirección: Edif. Cámara de Industrias Oficina 406 (Cuenca - Ecuador)
Teléfono: (593) 72 885 524
Email: publicidad@revistaestrategia.com